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Fusión
de Sociedades Comerciales
Condiciones
de Forma, Condiciones de Fondo de los Diferentes Tipos de Fusiones.
I. Fusión Por Absorción. Fase Preparatoria de la
Fusión Por Absorción.
- Formalidades. Cuando la Fusión se realiza por
vía de la absorción de una sociedad por acciones por
otra ya existente, se deben aplicar para la compañía
absorbente, las mismas formalidades prescritas por la ley para el
aumento de capital, con aporte en naturaleza de una
compañía, que son las siguientes:
-
Se convoca una Junta General Extraordinaria, la cual decidirá
el aumento y creará las acciones que serán atribuidas
en representación del aporte efectuado por la
compañía absorbida;
-
Hará también las modificaciones estatutarias que sean
la consecuencia del aumento.
Para la verificación y aprobación de los aportes en
naturaleza efectuado por la compañía absorbida, se
procederá de la siguiente forma:
-
Una Junta General Extraordinaria, estimará el valor de los
fondos aportados y la causa de las ventajas particulares, si las
hubiere, y designará un Comisario para que rinda un informe
sobre los mismos, el cual se imprimirá y se tendrá a la
disposición de los accionistas durante cinco (5) días;
-
Expirado este plazo, se reunirá una segunda Junta General, la
cual, después de haber oído al Comisario en su informe,
aprobará el aporte de la sociedad anexada y las ventajas
particulares, si procede.
Las formalidades a cumplir por parte de la compañía que
se anexa a la otra, son las siguientes:
-
La Junta General Extraordinaria de Accionistas pronuncia la
disolución anticipada de la compañía;
-
Designa los liquidadores y les da poderes para que aporten el activo
de la compañía a la absorbente, mediante la
atribución a los accionistas de acciones de la subsistente.
- Acuerdo Base de la Fusión. Constituye el primer paso
para realizar la Fusión. Este puede hacerse tanto ante
notario, como por acto bajo firma privada, el cual deberá ser
aprobado mediante el consentimiento unánime de los accionistas
de las sociedades a ser fusionadas; esta aprobación surge como
consecuencia de que la Fusión conlleva el traslado a
otra empresa de los capitales aportaos por los accionistas; o por la
Junta General Extraordinaria, cuando la faculten los estatutos de la
sociedad para ello.
Se deberá hacer un original, de idéntico tenor, por
cada sociedad interesada del Contrato Base de Fusión y
también un número de originales necesario para el
registro y la publicación.
- Proyecto, Ante Proyecto, Tratado Provisional o Protocolo de Fusión.
Los pasos de la Fusión empiezan con la existencia de
actos anteriores al acto definitivo propiamente dicho.
Los Administradores o los Directores de las sociedades que participan
en la Fusión, habrán de redactar y suscribir un
Proyecto de Fusión, supeditado a la aprobación
de la Junta General de Accionistas de las sociedades a ser
fusionadas. Sin embargo, cuando sea aprobada por la Asamblea
Extraordinaria, automáticamente se convierte en el Contrato
definitivo de la Fusión.
El Proyecto de Fusión debe cumplir con las formalidades
de publicidad y con otras formalidades exigidas a cualquier
modificación estatutaria de las sociedades por acciones.
El contenido del Protocolo de Fusión debe, por lo
menos, contener las siguientes menciones y asuntos:
-
Exposición de los motivos a que obedece la operación
proyectada, así como el fin , las condiciones y los
fundamentos que persigue la Fusión;
-
Tomar en cuenta los balances de los aportes de las sociedades
absorbidas, la entrega de acciones, el aumento de capital de la
sociedad absorbente y los términos o plazos que se
prevén para realizar las distintas operaciones;
-
Levantamiento del balance del valor de las dos sociedades, incluyendo
claramente sus activos y pasivos, con miras a proteger a los
acreedores y los socios;
-
Fechas delos estados financieros de las sociedades involucradas;
-
Indicar la fecha a partir de la cual las operaciones de la sociedad
absorbida deberán ser consideradas como realizadas por la
sociedad absorbente.
- Información a los Accionistas Sobre la Fusión.
Los accionistas deben tener conocimiento de los siguientes documentos:
-
Proyecto de Fusión;
-
Informes de los expertos contables sobre el Proyecto de Fusión;
-
Informes de los Administradores o Consejo de Administración de
cada una de las sociedades sobre el Proyecto de Fusión;
-
Balance de cada una de las sociedades;
-
Proyecto de la nueva constitución;
-
Estatutos vigentes de las sociedades que participan en la Fusión.
- Disolución de las Sociedades Absorbidas. La Fusión
equivale a una disolución anticipada de la sociedad absorbida.
Se requieren los siguientes consentimientos:
-
Accionistas. Que toman su decisión en Asamblea Extraordinaria,
apoyándose en los informes del Consejo de Administración
y de los Comisarios de Cuentas;
-
Acreedores.
-
Asamblea General. El representante de la sociedad absorbida
realizará los aportes activos de dicha sociedad con el
compromiso de pagar su pasivo, si esto es lo pactado, a
condición de una atribución de nuevas acciones de la
sociedad absorbente que serán creadas a título de
aumento de capital social. Este aporte constará en un acto
auténtico, bajo declaración notarial, en varios
originales y será aprobado provisionalmente por un
representante de la sociedad absorbente.
Una Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad
absorbente, deliberará y decidirá sobre el aumento de
capital para la creación de acciones en representación
de los aportes en naturaleza de la sociedad absorbida y votar sobre
las modificaciones que tienen como cusa, el aumento del capital.
- Publicación del Aumento de Capital. Se deben observar
las formalidades de publicidad establecidas en los artículos
42, reformado por la Ley 1041, y 46 del Código de Comercio.
Cuando la compañía a ser absorbida tenga inmuebles, su
transferencia deberá ser inscrita o transcrita con las
deliberaciones y documentaciones relacionadas con esos aportes.
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